Con la llegada de septiembre, muchos autónomos y empresas recuperan su ritmo habitual después de las vacaciones. También es un buen momento para empezar a preparar las obligaciones fiscales correspondientes al tercer trimestre del año.
Aunque las declaraciones no se presentan hasta octubre, adelantar la recopilación de facturas y documentos permite evitar prisas, detectar información pendiente y tener una previsión más clara de los posibles importes que habrá que pagar.
¿Qué periodo comprende el tercer trimestre?
El tercer trimestre fiscal incluye las operaciones realizadas entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2026.
Con carácter general, las principales declaraciones trimestrales deben presentarse entre el 1 y el 20 de octubre de 2026.
Cuando el resultado es a ingresar y se quiere domiciliar el pago, el plazo general para presentar la declaración finaliza el 15 de octubre de 2026.
Por este motivo, es recomendable no esperar a que termine septiembre para comenzar a reunir toda la documentación.
¿Qué modelos se presentan habitualmente?
Los modelos que debe presentar cada autónomo o empresa dependen de su actividad, del régimen fiscal aplicable y de las operaciones realizadas durante el trimestre.
Entre los más habituales encontramos:
Modelo 303: autoliquidación del IVA
Este modelo sirve para declarar el IVA repercutido en las facturas emitidas y el IVA soportado en las facturas de gastos y compras.
Habitualmente, deben presentarlo los autónomos y las empresas que desarrollan actividades sujetas a IVA.
Modelo 130: pago fraccionado del IRPF
Corresponde a los autónomos que tributan en estimación directa, siempre que tengan la obligación de presentarlo.
Permite realizar pagos trimestrales a cuenta de la futura declaración de la renta.
Modelo 131: pago fraccionado del IRPF por módulos
Está destinado a los autónomos que tributan mediante el régimen de estimación objetiva, conocido habitualmente como régimen de módulos.
Modelo 111: retenciones de trabajadores y profesionales
Deben presentarlo los negocios que hayan practicado retenciones, por ejemplo:
- En las nóminas de los trabajadores.
- En facturas recibidas de determinados profesionales.
- En otros rendimientos sujetos a retención.
Modelo 115: retenciones de alquileres
Puede afectar a los autónomos y empresas que pagan el alquiler de un local, una oficina u otro inmueble urbano destinado a su actividad, siempre que dicho alquiler esté sujeto a retención.
Modelo 202: pago fraccionado del impuesto sobre sociedades
Determinadas sociedades deben presentar este modelo para efectuar un pago a cuenta del impuesto sobre sociedades.
También pueden existir otras obligaciones relacionadas con operaciones intracomunitarias, rendimientos del capital mobiliario o situaciones fiscales específicas.
Por eso, no todos los negocios deben presentar los mismos modelos.
¿Qué documentación conviene preparar durante septiembre?
Para poder revisar correctamente el trimestre, es importante recopilar toda la documentación correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre.
Entre la información que conviene preparar se encuentra:
- Las facturas emitidas, ordenadas y con la numeración completa.
- Las facturas recibidas de proveedores.
- Los justificantes de los gastos relacionados con la actividad.
- Los movimientos bancarios y comprobantes de cobros y pagos.
- Las nóminas y la información sobre nuevas contrataciones o bajas.
- Las facturas de profesionales que incorporen retención.
- Los recibos del alquiler del local o de la oficina.
- Las compras y ventas realizadas con clientes o proveedores de la Unión Europea.
- Las compras de maquinaria, vehículos, equipos informáticos u otros bienes de inversión.
- Las subvenciones, ayudas o ingresos extraordinarios recibidos.
- Las facturas rectificativas o los abonos.
- Cualquier documento que haya quedado pendiente de periodos anteriores.
También es conveniente comunicar cualquier cambio importante que se haya producido durante el trimestre, como el inicio de una nueva actividad, la apertura de un local, la incorporación de trabajadores o un cambio en la forma de trabajar del negocio.
Tener una factura no siempre significa que el gasto sea deducible
Una de las dudas más habituales es si todos los gastos de un autónomo o de una empresa se pueden deducir.
Para que un gasto sea fiscalmente deducible, debe estar relacionado con la actividad económica, correctamente justificado y registrado. Además, debe cumplir los requisitos establecidos por la normativa.
Un tique o un simple comprobante de pago no siempre sustituye a una factura completa. Por eso, es importante solicitar facturas con todos los datos fiscales correctos y consultar cualquier gasto que pueda generar dudas.
Errores habituales que podemos evitar
Preparar el trimestre con tiempo ayuda a evitar situaciones como estas:
- Olvidar facturas recibidas por correo electrónico o descargadas desde una plataforma.
- Enviar la documentación cuando el plazo está a punto de finalizar.
- Perder facturas o justificantes de gastos.
- Confundir un tique con una factura completa.
- No comunicar una nueva actividad, una contratación o un alquiler.
- No informar de las operaciones realizadas con otros países de la Unión Europea.
- No revisar que las facturas contengan los datos fiscales correctos.
- Esperar hasta octubre para saber si las declaraciones saldrán a pagar.
¿Por qué es mejor adelantarse?
Preparar las obligaciones fiscales durante septiembre permite detectar con tiempo si falta algún documento, corregir posibles errores y prever la tesorería necesaria si alguna declaración sale a ingresar.
También facilita que la gestoría pueda revisar las operaciones con más calma y avisar de cualquier incidencia antes de que finalice el plazo de presentación.
No lo dejes para el último momento
Si todavía tienes facturas o documentación pendiente, septiembre es el momento de recopilarla y hacerla llegar a tu gestoría.
En ASFI Consultors revisamos cada caso de forma personalizada y te ayudamos a cumplir tus obligaciones fiscales dentro del plazo establecido.
Porque cada autónomo y cada empresa son diferentes y no todos deben presentar los mismos modelos.
ASFI Consultors, te lo explicamos fácil.
Información general basada en el calendario oficial del contribuyente de la Agencia Tributaria para el año 2026. Las obligaciones fiscales pueden variar según la actividad, el régimen tributario y las circunstancias de cada contribuyente.