Qué pasa con mi cuenta si uno de los titulares fallece

Lo esencial en 1 minuto

  • Avisa al banco cuanto antes.

  • El banco bloquea sólo la parte del titular fallecido.

  • Reúne 4 documentos (abajo) y preséntalos.

  • Paga o presenta el Impuesto de Sucesiones.

  • Con todo validado, el banco habilita el acceso a los herederos.


Pasos sencillos

  1. Comunica el fallecimiento
    Llama o escribe al banco e indica el IBAN de la cuenta. Pide:

    • Bloqueo de la parte del fallecido.

    • Certificado de saldos a la fecha del fallecimiento (lo necesitarás para el impuesto).

  2. Reúne la documentación

    • Certificado de defunción.

    • Testamento o declaración de herederos.

    • DNI/NIE de los herederos.

    • Justificante del Impuesto de Sucesiones (según tu comunidad autónoma).

  3. Entrega todo al banco
    Cuando el banco lo verifique, activará la parte heredada para quien corresponda.



¿Qué pasa con el dinero?

Depende del tipo de cuenta:

  • Indistinta (también “solidaria”)
    Cada titular podía operar por su cuenta. Tras el fallecimiento, el otro titular puede usar su mitad (normalmente 50%).
    La otra mitad queda reservada para los herederos del fallecido.

  • Mancomunada (conjunta)

    Para mover el dinero se necesita el OK de todos los herederos del titular fallecido.
    La cuenta suele quedar parada hasta terminar la herencia.

Nota: Ser cotitular no significa ser heredero automáticamente (pueden coincidir o no).


Documentos: checklist

  • ☐ Certificado de defunción

  • ☐ Testamento o declaración de herederos

  • ☐ DNI/NIE de herederos y, si aplica, del cotitular superviviente

  • ☐ Justificante del Impuesto de Sucesiones (pago, exención o presentación)



Importancia del testamento

El testamento simplifica mucho la gestión y evita conflictos entre cotitulares y herederos.
Si no hay testamento, se debe tramitar una declaración judicial de herederos, lo que puede demorar el proceso.
Occident recomienda planificar la sucesión y ofrece asesoramiento jurídico y testamento online dentro de su seguro de decesos.


Plazos orientativos (pueden variar)

  • Aviso al banco: inmediato

  • Obtener documentos: 1–4 semanas

  • Impuesto de Sucesiones: plazo legal (revisa tu CCAA)

  • Activación de fondos para herederos: cuando el banco valida todo


Errores a evitar

  • ❌ Sacar dinero más allá de tu parte antes de cerrar la herencia.

  • ❌ No avisar al banco: pueden entrar comisiones/recibos que generen deuda.

  • ❌ Perder justificantes: guarda todo (peticiones, saldos, pagos).


Preguntas frecuentes

¿Y si el fallecido sólo era autorizado?
La autorización se cancela y la cuenta sigue del titular vivo.

¿Puedo seguir domiciliando recibos?
Sí, hasta tu parte en cuentas indistintas; en mancomunadas, suele requerir acuerdo de herederos.

¿Y si no hay testamento?
Se tramita una declaración de herederos y luego, igual: impuesto → validación → acceso.


En Asfi Consultors estamos para asesorarte.
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